NOTA: Los datos que hay a continuación se basan en la última convocatoria publicada, que data de 22 de abril de 2021.

IMPORTANTE: la Orden de 7 de mayo de 2007, del conseller de Sanidad, por la que se aprueban los baremos de méritos de aplicación a los procesos selectivos para la cobertura de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat Valenciana (DOCV nº 5518, de 23-05-07), ha sido derogada por la ORDEN 2/2020, de 2 de junio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban nuevos baremos de méritos de aplicación a la fase de concurso de los procesos selectivos, a la provisión a través de los concursos de traslados y a los procesos de movilidad interna, de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud. Por ello, a partir de junio de 2020 los baremos de méritos aplicables serán los de ésta última orden 2/2020, que puedes consultar aquí.

Desarrollo de la convocatoria

Las pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición consistirán en la celebración de cada una de dichas fases, a fin de determinar la aptitud de las personas aspirantes y de fijar el orden de prelación de las mismas para la selección.

La fase de oposición supondrá la realización por las personas aspirantes de un ejercicio eliminatorio:

El ejercicio tendrá como finalidad valorar las aptitudes, destrezas y capacidad profesional de las personas aspirantes en relación a las funciones propias de la categoría a la que optan.

  • Para las personas aspirantes del turno libre, el ejercicio consistirá en la contestación por escrito, en el plazo de 63 minutos, de un cuestionario de 50 preguntas sobre el contenido de los 33 temas del temario. El cuestionario será tipo test en forma de preguntas con cuatro respuestas, de las cuales solo una de ellas será la correcta.

De dicho cuestionario, 3 de las preguntas versarán sobre el temario general y 4 sobre el temario de normativa sanitaria común. Todas ellas serán de carácter teórico. Las 43 preguntas restantes serán tanto de carácter teórico como práctico y versarán sobre el contenido de los temas que constituyen el temario específico de la categoría.

  • Personas aspirantes del turno de promoción interna:

-Modalidad A (quienes procedan de categorías pertenecientes a los grupos o subgrupos de titulación iguales o inmediatamente inferiores y además de la misma especialización funcional que las plazas a proveer, en este caso de gestión y servicios): contestarán únicamente a las 43 preguntas sobre el temario específico de la categoría. Estas personas dispondrán de 54 minutos para realizar el ejercicio.

-Modalidad B: deberán contestar tanto las 4 preguntas del temario de normativa sanitaria común como las 43 preguntas sobre el temario específico de la categoría. Dispondrán de 59 minutos para responder al total de las 47 preguntas.

Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio en llamamiento único, quedando decaídas en sus derechos las que no comparezcan a realizarlo. Los/las aspirantes deberán acreditar su identidad mediante la presentación del original del DNI, pasaporte o permiso de conducir, sin que sean válidas las fotocopias compulsadas de dichos documentos. En caso de robo o extravío, deberán presentar la denuncia ante la Policía junto a otro documento oficial con foto. Asimismo, deberán llevar el justificante de presentación de su solicitud de participación por si les fuera requerido.

Los miembros del tribunal y el personal colaborador no permitirán el acceso al aula de la persona que comparezca una vez concluido el llamamiento y cerrada la puerta del aula que le corresponda, independientemente de que permanezcan abiertas las puertas de otras aulas del recinto de examen. Dado el carácter de la prueba, el tribunal tomará las medidas que sean necesarias para garantizar el anonimato en la valoración de la misma, siendo anulados todos aquellos ejercicios en los que se contuviera alguna marca que pudiera identificar su autoría.

La puntuación máxima en la fase de oposición será de 150 puntos. La puntuación se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Primera. Las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3).

-Para el personal del turno libre, cada contestación válida recibirá una valoración de 3 puntos. Se restará 1 punto por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.

-Para el personal del turno de promoción interna Modalidad A, cada contestación válida recibirá una valoración de 3,489 puntos. Se restará 1,163 puntos por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.

-Para el personal del turno de promoción interna Modalidad B, cada contestación válida recibirá una valoración de 3,192 puntos. Se restará 1,064 puntos por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.

  • Segunda. De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración particular del ejercicio realizado por cada aspirante. Evaluadas todas las personas participantes, se hallará la media aritmética del 10% de personas que hayan obtenido las mejores puntuaciones particulares, expresada con los tres primeros decimales, tanto en el turno libre como en el turno de promoción interna.
  • Tercera. Se considerarán aprobadas aquellas personas aspirantes en cada turno que obtengan una puntuación igual o superior al 50 % de la media aritmética referida en la regla anterior, con un límite mínimo de 67,5 puntos. Por debajo de esa puntuación no podrá considerarse aprobado el ejercicio.

Podrá superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Quienes hubieren superado la fase de oposición dispondrán de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas, para presentar los documentos acreditativos de los méritos valorables en la fase de concurso según el baremo especificado en el anexo II de la convocatoria.

En la fase de concurso, a la que solo accederán quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los méritos, conforme a la Orden 2/2020, de 2 de junio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se aprueban los baremos de méritos de aplicación a la fase de concurso de los procesos selectivos, a la provisión a través de los concursos de traslados y a los procesos de movilidad interna, de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud (el baremo aparece en el anexo II de la convocatoria).

La puntuación máxima en esta fase será de 100 puntos.

Los méritos valorables serán los obtenidos hasta el día de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. En el caso de nuevas aperturas de plazo, los méritos serán valorados tomando como referencia la primera publicación. Los méritos valorables, las normas para su cómputo y su forma de acreditación serán las establecidas en la Orden 2/2020.

La Administración valorará de oficio los méritos alegados correspondientes a los servicios prestados en las instituciones sanitarias gestionadas directamente por la conselleria competente en materia de sanidad, la participación en los órganos colegiados de selección y/o provisión y pertenencia al Colegio de selección y provisión, así como el conocimiento de valenciano, sin que quienes participen deban acreditar documentalmente dichos méritos, excepto, para el conocimiento de valenciano, los homologados o revalidados según la normativa en vigor. Respecto del resto de méritos y en tanto la Administración no pueda realizar su valoración de oficio, las personas participantes deberán aportar la documentación justificativa, en los plazos establecidos para ello en las distintas convocatorias.

Baremo de méritos para los procesos de selección de las categorías profesionales de gestión y de servicios incluidas en los grupos de titulación B, C1, C2 y AP:

  • Servicios prestados: hasta un máximo de 50 puntos.

a) Por los servicios prestados en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud gestionadas directamente o, indirectamente a través de consorcios o mediante contratos de gestión de servicio público por concesión, conforme a lo establecido en la Ley 15/1997, de 25 de abril, en las instituciones sanitarias públicas de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y en las fundaciones públicas para la investigación de establecimientos del Sistema Nacional de Salud, en la misma categoría profesional: puntuación de 0,23 por mes.

b) Por los servicios prestados en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud gestionadas directamente o, indirectamente a través de consorcios o mediante contratos de gestión de servicio público por concesión, conforme a lo establecido en la Ley 15/1997, de 25 de abril, y en las instituciones sanitarias públicas de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en distinta categoría profesional: puntuación 0,12 por mes.

  • Formación: hasta un máximo de 35 puntos.

a) Por estar en posesión de titulaciones académicas distintas y de su misma clasificación de personal estatutario (gestión y servicios), de superior nivel a la titulación requerida en la convocatoria: por cada una, 3 puntos, con un máximo de 6 puntos.

b) Otras actividades formativas: máximo de 29 puntos.

b.1) Por cada curso de formación recibido:

– De 100 o más horas de duración: 1 punto.

– De 75 o más horas de duración: 0,75 puntos.

– De 50 o más horas de duración: 0,50 puntos.

– De 40 o más horas de duración: 0,40 puntos.

– De 25 o más horas de duración: 0,25 puntos.

– De 15 o más horas de duración: 0,15 puntos.

Además, si el curso realizado es en materia de igualdad de género, se sumará 0,15 puntos más.

b.2) En el supuesto de cursos impartidos: cada 10 horas lectivas se valorarán con 0,15 puntos hasta un máximo de 2 puntos.

  • Otras actividades: hasta un máximo de 9 puntos.

a) Actividades como docente de prácticas en el área de conocimiento exigido para el acceso a la categoría profesional: 0.25 puntos por curso completo, hasta un máximo de 2 puntos.

b) Por cada doce meses formando parte de comisiones clínicas acreditadas en instituciones sanitarias públicas: 0,50 puntos, hasta un máximo de 2,50 puntos.

c) Por la participación en los órganos colegiados de selección y provisión y/o pertenencia al Colegio de selección y provisión (para el turno de promoción interna): 0.25 puntos por nombramiento o año de pertenencia hasta un máximo de 1 punto.

d) Conocimiento de otros idiomas comunitarios distintos al castellano y valenciano, hasta un máximo de 1,5 puntos según la siguiente escala:

– A1: 0,15 puntos.

– A2: 0,25 puntos.

– B1: 0,50 puntos.

– B2: 0,75 puntos.

– C1: 1 punto.

– C2: 1,50 puntos.

e) Por otras actividades relevantes: 0,10 puntos por actividad, hasta un máximo de 2,50 puntos.

  • Valenciano, hasta un máximo de 6 puntos, según la siguiente escala:

– A1: 0,50 puntos.

– A2: 1,50 puntos.

– B1: 3 puntos.

– B2: 4 puntos.

– C1: 5 puntos.

– C2: 6 puntos.

Resolución provisional del concurso-oposición: Finalizadas la fase de oposición y la fase de concurso, el tribunal hará público en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la relación de aspirantes que han llegado hasta este punto del proceso selectivo, especificando la puntuación total obtenida en cada fase. Los empates en la puntuación total se resolverán en favor de la persona aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. De subsistir el empate, se resolverá conforme a los criterios especificados en el baremo de méritos. Aplicados estos y si persistiera el empate, se resolverá a favor del sexo infrarrepresentado, teniendo en cuenta el total de personas en activo de la categoría en las instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, considerándose infrarrepresentado el sexo que no ocupe al menos el cuarenta por ciento de la plantilla correspondiente.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a esta publicación, para realizar las alegaciones que estimen pertinentes relativas a la puntuación de la fase de concurso. En base a estas alegaciones, el tribunal podrá modificar la puntuación de las personas afectadas tanto al alza como a la baja, en virtud de la detección del error que corresponda.