Convocatoria 9/16, cuerpo C2-01-01, auxiliar de gestión.
Con el objeto de que se convoque lo antes posible la bolsa de trabajo derivada del proceso selectivo y EVITAR LA PRESENTACIÓN de aquellos recursos administrativos contra la baremación definitiva de la fase de concurso que no afecten finalmente a la relación de personas aprobadas con plaza, ya que provocarán más retrasos en el proceso selectivo sin que se traduzca en un beneficio real para las personas recurrentes, se pone en conocimiento de las personas que participan en el proceso selectivo que: El artículo 9 de la Orden 18/2018, de 19 de julio, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, sobre regulación de BOLSAS de empleo temporal, (DOGV núm. 8343, de 20.07.2018)establece la OBLIGATORIEDAD de PRESENTAR y VALORAR NUEVAMENTE TODOS los MÉRITOS objeto de la presente fase de concurso, SIN que puedan ser utilizados los YA VALORADOS por el OTS. Esto es debido a dos motivos:
1) Que se trata de un baremo de méritos distinto al actual proceso selectivo.
2) Permitir a las personas participantes añadir nuevos méritos obtenidos durante el presente proceso selectivo.
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