La Generalitat valenciana concede un máximo de 500 becas para contribuir en los gastos ocasionados por la preparación de pruebas selectivas para el acceso a los distintos cuerpos o escalas del grupo de clasificación profesional A de la Administración de la Generalitat incluidos en las ofertas de empleo público de 2017, 2018 y 2019 para personal de la administración de la Generalitat.

Pueden solicitarlas todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Personas físicas de hasta 30 años de edad.
b) Tener nacionalidad española o la de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos y ciudadanas de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser personas trabajadoras por cuenta propia o ajena. Tendrán la consideración de «familiares» el/la cónyuge o la pareja de la unión de hecho formalizada así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo, menores de 21 años. En el supuesto de personas extranjeras no comunitarias, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de dichas personas en España y su integración social.
c) Estar en posesión de la titulación universitaria de licenciatura o grado necesaria para el acceso al correspondiente cuerpo o escala, o cumplir las condiciones necesarias para su obtención.
d) Acreditar un expediente académico con una puntuación media mínima de 17 puntos sobre 40, calculada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el resuelvo décimo apartado 1 b).
e) Contar con la dirección de un centro especializado o una persona preparadora para orientar el proceso de preparación.
f) Acreditar la situación económica a los efectos de su valoración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1 a) de las bases que rigen la convocatoria.
g) Estar empadronada la persona solicitante y tener residencia efectiva en la Comunitat Valenciana al menos cinco años de los últimos diez.
h) No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto, de entes públicos ni privados, ni haberlo hecho durante un máximo de tres años, continuados o alternos, anteriores a la convocatoria.
i) No hallarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
j) No estar realizando ninguna prestación de servicios remunerada a tiempo completo.
k) Los que opten a la reserva específica establecida en el resuelvo cuarto deberán además acreditar un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 % así como el cumplimiento del resto de requisitos exigidos.

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